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La ley del registro de jornada, explicada
Sin sustos inventados y sin «según la nueva ley». Cada afirmación de estas páginas lleva su artículo y su enlace al BOE, a la AEPD o al organismo que corresponda, para que puedas comprobarlo tú mismo.
Si solo vas a leer una cosa, que sea esta
Registrar la jornada es obligatorio en España desde el 12 de mayo de 2019. No hace falta esperar a ningún Real Decreto: la obligación ya existe y la Inspección ya la comprueba.
Registro diario obligatorio
Para todas las empresas con al menos una persona asalariada, sea cual sea su sector, tamaño o tipo de contrato.
Hora de inicio y de fin
De cada persona y cada día. Es el contenido mínimo.
Cuatro años guardado
Y a disposición de la plantilla, de sus representantes y de la Inspección.
De 751 a 7.500 € por empresa
Es la infracción grave del artículo 7.5 de la LISOS.
BOEReal Decreto-ley 8/2019, que introdujo el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores
Empieza por aquí
Lo que te obliga hoy, sin rodeos y sin esperar a ningún Real Decreto.
- El texto literal del BOELos artículos completos, tal como los publica el BOE, para contrastar sin salir del sitio. No los ha escrito nadie: se generan desde boe.es.
- Qué te obliga hoyEl artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, en castellano llano: quién está obligado, qué hay que registrar y durante cuánto tiempo hay que guardarlo.
- Qué hay que registrarLos once campos del borrador, uno a uno y con ejemplos. Cinco de ellos casi nadie los recoge.
- Sanciones realesLas cuantías vigentes, tramo por tramo, y por qué los 10.000 € por trabajador no están en vigor.
- ¿Sigue valiendo el Excel?La respuesta honesta, con el matiz que importa: legalmente sí, pero con una pega que conviene conocer antes de una inspección.
- Cómo elegir un softwareCriterios comprobables para comparar programas de registro de jornada, sin ranking.
La norma que viene
Qué se está tramitando, en qué punto está y qué cambiaría si sale.
Datos personales
Dónde está el límite entre controlar la jornada y vigilar a la plantilla.
- GeolocalizaciónQué permite el artículo 90 de la LOPDGDD, qué prohíbe, y por qué no puedes obligar a nadie a usar su móvil personal.
- Huella y reconocimiento facialPor qué la guía de la AEPD de 2023 dejó la biometría prácticamente inviable para fichar, y qué usar en su lugar.
- Qué puede ver la representación legalQué datos hay que darle al comité y cuáles hay que ocultarle obligatoriamente.
Casos concretos
Situaciones que no encajan en el registro estándar.
- TeletrabajoLa Ley 10/2021, el acuerdo escrito y el registro de quien trabaja desde casa.
- Desconexión digitalEl artículo 88 de la LOPDGDD: la política interna que casi nadie tiene, y el campo del borrador que prácticamente ningún programa registra.
- Horas extraordinariasRegistro día a día, totalización mensual y entrega de copia al trabajador.
- El convenio colectivo y tu jornadaQué parte de tu jornada la fija la ley y qué parte tu convenio: la jornada anual, las pausas, la bolsa de horas y el valor de la hora extraordinaria.
- Contratos a tiempo parcialEl artículo 12.4.c y el porcentaje de parcialidad.
- Distribución irregular de la jornadaEl 10 % del artículo 34.2 y las tres condiciones que se citan a medias: respetar descansos, preavisar cinco días y compensar en doce meses.
- Adaptación de jornada por conciliaciónEl artículo 34.8 y su regla más desconocida: quince días de negociación y la solicitud se presume concedida si no hay oposición motivada.
- Trabajo nocturno y turnosDe diez de la noche a seis de la mañana cambian las reglas: ocho horas de promedio en quince días y prohibición de hacer horas extraordinarias.
- Vacaciones, festivos y permisosLos permisos del artículo 37.3 con su duración actual, y por qué un día de vacaciones no puede quedar en el registro como un día sin fichar.
- Fijos discontinuosEl contrato de temporada: forma escrita, llamamiento con constancia y el calendario anual de previsiones que casi nadie entrega.
- Registro retributivoEl otro registro obligatorio, sin mínimo de plantilla, y por qué necesita los datos del de jornada para calcularse bien.
- Subcontratas y ETTQuién tiene la obligación cuando el trabajador no es de tu plantilla.
- Jornadas especialesTransporte, campo, turnos y jornada partida: el RD 1561/1995 separa trabajo efectivo de tiempo de presencia y, para los conductores, añade un registro propio.
- Alta dirección, socios y administradoresQuién queda fuera del registro y por qué son muchos menos de los que se cree. Depende de los poderes que se ejercen, no del cargo.
- Descansos y pausasDoce horas entre jornadas, la pausa de quince minutos y el descanso semanal, con su artículo.
- Jornada máxima legalCuarenta horas de promedio anual y nueve diarias: cómo se cuentan y qué pasa si se superan.
- Tiempo de trabajo efectivoQué cuenta como jornada: puesto, pausas, desplazamientos y tiempo de presencia.
- Autónomo con trabajadoresCuándo un autónomo debe llevar el registro de jornada y quién queda fuera.
- Conservación del registroCuatro años y a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección: qué dice el artículo 34.9 y qué deja abierto.
- Reducción de jornada por cuidadoLactancia, guarda legal y cuidado de familiares: cuánto se reduce, quién concreta el horario y cómo queda en el registro.
- Vacaciones anualesTreinta días naturales como mínimo, sin compensación en dinero, con aviso de dos meses y qué pasa si coinciden con una baja.
- Calendario laboral y festivosCatorce fiestas como máximo, cuatro siempre nacionales y el calendario que la empresa debe exponer.
- Menores de 18 añosOcho horas diarias, sin horas extra ni trabajo nocturno, pausa de treinta minutos y dos días de descanso semanal.
- Cambio de horarioCuándo cambiar la jornada o el horario es una modificación sustancial: causa probada, quince días de aviso y umbrales colectivos.
- Contratos formativosFormación en alternancia y práctica profesional: tope del 65 % y el 85 % de la jornada, sin horas extra ni trabajo nocturno.
- Empleadas de hogarCuarenta horas semanales, tiempo de presencia y descansos del Real Decreto 1620/2011, y lo que dice sobre el registro.
- ERTE de reducción de jornadaEntre el 10 % y el 70 % de la jornada, sin horas extra durante el expediente y con el registro de jornada en marcha.
La Inspección
Qué mira, cómo actúa y qué conviene tener preparado.
Referencia
Para consultar cuando surge la duda.